El NSS de un menor
Los niños también tienen Número de Seguridad Social, desde recién nacidos. Y es una cosa distinta de darlos de alta como beneficiarios: hacen falta las dos.
Actualizado: · Redacción
Un menor puede tener NSS desde que tiene CURP, y el trámite es el mismo que el de un adulto: gratuito, en línea, con su CURP y un correo. Aparte va el alta como beneficiario, que es lo que le da derecho a atención médica por ti. Son dos trámites y hacen falta los dos.
Es la confusión que trae a la mayoría hasta aquí: que tu hijo tenga NSS no significa que esté cubierto. El número lo identifica; la atención médica se la da estar registrado como tu beneficiario.
1. El NSS del menor
Se pide igual que el tuyo, con su CURP y un correo al que tú tengas acceso. Si el menor no tiene CURP todavía, ese es el paso previo y se obtiene con el acta de nacimiento en el portal del Gobierno de México.
Cómo es el trámite de asignación paso a paso →
Usa un correo tuyo y estable. Va a quedar atado a la CURP de tu hijo de forma permanente, y cuando él sea adulto va a necesitarlo: cambiarlo después es otro trámite, y sin acceso a esa cuenta solo se resuelve en ventanilla.
2. El alta como beneficiario
Es el que le da la atención médica y lo hace el titular, es decir, el papá o la mamá que cotiza. Lleva:
| Documento | De quién |
|---|---|
| Acta de nacimiento | Del menor. Es lo que acredita el parentesco. |
| CURP | Del menor. |
| NSS | Del titular. |
| Identificación oficial vigente | Del titular. |
| Comprobante de domicilio | Reciente. |
Desde el 13 de marzo de 2026 el alta de beneficiarios pide CURP biométrica, y es la del titular, no la del menor. Qué trámites la piden y cómo se saca.
Hasta cuándo lo cubre
| Situación | Hasta |
|---|---|
| General | 16 años |
| Estudiando en el sistema educativo nacional | 25 años, acreditando la inscripción |
| No puede mantenerse por una discapacidad | Sin límite de edad, con dictamen médico |
Al cumplir la edad tope, la cobertura como beneficiario se termina, pero el NSS se queda: es el mismo número que va a usar toda su vida cuando entre a trabajar.
Casos que aparecen seguido
- Los dos papás cotizan. El menor puede estar registrado con uno; no hace falta duplicarlo, y duplicarlo genera problemas después.
- El menor ya tenía NSS y no lo sabías. Pasa cuando alguien lo dio de alta en un trámite previo. El trámite lo detecta y te devuelve el que ya existía, no crea uno nuevo.
- El nombre está mal escrito. Se corrige en el IMSS y conviene hacerlo temprano, porque arrastra durante años: cómo se corrige.
Si los padres están separados, el alta la hace el titular que cotiza, con el acta de nacimiento del menor: lo que acredita el derecho es el parentesco, no la convivencia. Y si los dos cotizan, basta con que el menor esté registrado con uno.